El complemento de maternidad en la pensión para reducción de la brecha de género es un beneficio que se reconoce a las mujeres que han tenido hijos y que han cotizado a la Seguridad Social. En el año 2023, el importe es de 30,40 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. El valor de este complemento se fija en la ley de presupuestos generales del Estado cada año.
El objetivo de este complemento es compensar la brecha de género que existe en las pensiones, ya que las mujeres suelen cobrar menos que los hombres por haber interrumpido o reducido su carrera laboral por el cuidado de los hijos.
Sin embargo, algunos hombres también se ven afectados por el mismo motivo, pero la Seguridad Social solo reconocía ese derecho a las mujeres. Por esto, venían denegando este complemento a los hombres que cumplían los mismos requisitos que las mujeres, alegando que solo les correspondía a ellas. Esto provocó que muchos padres pensionistas tuvieran que recurrir a la vía judicial para reclamar el complemento de maternidad, argumentando que se trataba de una discriminación por razón de sexo.
La Seguridad Social deberá indemnizar a los padres por las costas de los juicios
En 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia histórica que reconoció el derecho de los hombres a percibir el complemento de maternidad en la pensión, siempre que acreditaran que habían interrumpido o reducido su actividad laboral por el cuidado de los hijos. Esta sentencia supuso un cambio de criterio respecto a la jurisprudencia anterior en España, que negaba el complemento a los hombres. El TJUE se basó en el principio de igualdad entre hombres y mujeres y en la jurisprudencia del propio Tribunal.
Sin embargo, la sentencia del TJUE no resolvió la cuestión de si los padres que habían reclamado el complemento de maternidad en los tribunales tenían derecho a recibir una indemnización por los daños y perjuicios causados por la denegación del INSS. La justicia española no suele condenar a la Seguridad Social al pago de las costas de los juicios, ni a indemnizar a los demandantes por los honorarios de abogados o por el retraso en el reconocimiento de sus derechos.
Por eso, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) planteó una cuestión prejudicial al TJUE para que determinara si la denegación del complemento de maternidad a los hombres suponía una vulneración del derecho comunitario y si, en consecuencia, debía concederse una indemnización a los padres que habían reclamado el complemento en los tribunales.
El pasado 14 de septiembre, el TJUE dictó una sentencia (C-113/22) que resolvió la cuestión prejudicial planteada por el TSJG. El TJUE declaró que la denegación del complemento de maternidad a los hombres constituía una discriminación directa por razón de sexo, contraria al derecho de la Unión. Asimismo, el TJUE estableció que los padres que habían reclamado el complemento de maternidad en los tribunales tenían derecho a recibir una indemnización que cubriera las costas judiciales y los honorarios de abogados, así como los intereses de demora desde la fecha de solicitud del complemento hasta la fecha de pago efectivo.
Esta sentencia del TJUE es un hecho relevante porque reconoce el derecho a una reparación integral a los padres que han sufrido una discriminación por parte de la Seguridad Social. Además, abre la puerta a que otros padres pensionistas que reclamaron el complemento de maternidad antes de la sentencia del Tribunal Supremo puedan recibir también una indemnización, siempre que hayan acudido a los tribunales y que no haya prescrito su acción. Se desconoce el número exacto de afectados por esta situación, pero se sabe que asciende a miles de personas.
Cómo reclamar el complemento por maternidad para padres
El primer paso será iniciar una solicitud al INSS. Normalmente tardan unos pocos meses en resolverlo aunque, como en todo procedimiento administrativo, algunos factores podrían retrasarlo. En algunos casos lo han concedido sin problemas, pero en muchos otros han tenido que optar por la vía judicial.
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